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Artículo 22 de la D. U. de los Derechos Humanos

Route to Human Rights

El artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social y a la realización, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables para su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad. Este artículo reconoce que el bienestar de los individuos depende no solo de sus derechos civiles y políticos, sino también de su acceso a derechos que aseguren condiciones de vida dignas, incluyendo salud, educación, y una adecuada calidad de vida.

La importancia del artículo 22 radica en su enfoque en la interdependencia de los derechos humanos y la necesidad de un entorno socioeconómico que permita a las personas desarrollarse plenamente. Este artículo subraya el compromiso de los Estados de trabajar juntos y utilizar sus recursos para garantizar que todos sus ciudadanos puedan disfrutar de una vida digna y satisfacer sus necesidades básicas. Al enfatizar la seguridad social y los derechos económicos y culturales, este artículo establece un fundamento para políticas que promuevan la igualdad, reduzcan la pobreza y aseguren que cada persona tenga la oportunidad de contribuir a y beneficiarse de la prosperidad de la sociedad.

La placa con el Artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se encuentra junto a la réplica de un Miliario Romano en San Roman de Retorta.

Images courtesy of ISHR

  • Dirección
    Réplica de un Miliario Romano, junto a la iglesia de San Roman de Retorta, Guntin, Galicia.
  • Web
    https://ishrights.org/
  • Horario de Visita
    Siempre abierto
  • Qué ver
    Placa con el artículo 22

Entrada también disponible en: English Italiano

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