Skip to content Skip to sidebar Skip to footer

Artículo 18 de la D. U. de los Derechos Humanos

Route to Human Rights

El artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece el derecho fundamental a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de convicciones y la libertad de manifestar la propia religión o las propias convicciones individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. Este artículo es crucial porque garantiza que las personas puedan seguir sus propias creencias y convicciones sin temor a ser perseguidas o discriminadas, promoviendo así una sociedad pluralista y tolerante en la que se respete y proteja la diversidad de creencias.

La importancia del artículo 18 radica en su papel como pilar de la libertad individual y la dignidad humana. Al garantizar que todas las personas puedan expresar y practicar libremente sus creencias, fomenta un entorno en el que pueden florecer el diálogo y el entendimiento interculturales. También protege a las minorías religiosas y a las personas que pueden sufrir presiones sociales o gubernamentales para ajustarse a creencias impuestas. En un mundo en el que las tensiones religiosas suelen desembocar en conflictos, este artículo sirve para recordar la necesidad del respeto mutuo y la coexistencia pacífica.

La placa con el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se encuentra en los muros de la Casa Bortelón, en A Fontaneira.

Images courtesy of ISHR

  • Dirección
    Casa Bortelon. Fontaneira, 3, 27133 A Fontaneira, Lugo, España
  • Web
    https://ishrights.org/
  • Horario de Visita
    Siempre abierto
  • Qué ver
    Placa con el artículo 18

Entrada también disponible en: English Italiano

Deje un comentario