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Artículo 10 de la D. U. de los Derechos Humanos

Route to Human Rights

El décimo artículo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece el derecho de toda persona a ser escuchada públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, en la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación en su contra. Este artículo asegura que todos tengan acceso a un juicio justo, en el que se respete el debido proceso legal, garantizando que las decisiones judiciales se tomen de manera transparente y equitativa.

La importancia de este artículo radica en la protección de la justicia y la equidad en los procedimientos legales. Al exigir tribunales independientes e imparciales, se evita la influencia indebida de intereses externos y se asegura que las decisiones se basen únicamente en la ley y los hechos presentados. Este derecho es fundamental para mantener la confianza en el sistema judicial, proteger a los individuos contra la injusticia y garantizar que todas las personas reciban un tratamiento justo y equitativo ante la ley.

La placa con el Artículo 9 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se encuentra en un mojón de piedra en el Puerto del Palo, cerca de Allande.

Images courtesy of ISHR

  • Dirección
    Puerto del Palo. Allande, 33888, Asturias, España
  • Web
    https://ishrights.org/
  • Horario de Visita
    Siempre abierto
  • Qué ver
    Placa con el artículo 10

Entrada también disponible en: English Italiano

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