Skip to content Skip to sidebar Skip to footer

Artículo 1 de la D. U. de los Derechos Humanos

Way of Human Rights

El primer artículo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclama: «Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros«. Este artículo fundamental establece el principio de igualdad y libertad inherentes a todos los individuos, sin distinción de ningún tipo. Subraya que cada persona, por el simple hecho de ser humana, posee una dignidad intrínseca que debe ser respetada. La referencia a la razón y a la conciencia implica que toda persona tiene la capacidad de distinguir el bien del mal y de actuar en consecuencia, fomentando la empatía y la solidaridad entre los seres humanos.

Este artículo no sólo establece un ideal ético, sino que también sirve de base para los derechos y libertades detallados en el resto de la Declaración. Al afirmar la igualdad y la libertad, rechaza cualquier forma de discriminación o subordinación. La exhortación a comportarse fraternalmente subraya la necesidad de unas relaciones sociales justas y solidarias, esenciales para la coexistencia pacífica y la cooperación mundial. En resumen, el primer artículo resume los principios universales de dignidad, igualdad y fraternidad, fundamentales para el respeto y la protección de los derechos humanos en todo el mundo.

La placa con el artículo 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se encuentra en la pared exterior del Colegio Público Dolores Medio de Oviedo.

  • Dirección
    Colegio Dolores Medio. Calle La Luna 4, 33001, Oviedo, Asturias, España
  • Web
    https://ishrights.org/
  • Horario de Visita
    Siempre abierto
  • Qué ver
    Placa del artículo 1

Entrada también disponible en: English Italiano

Deje un comentario