El tercer artículo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.” Este artículo es fundamental, ya que reconoce y protege tres derechos esenciales e inalienables de todo ser humano. El derecho a la vida implica que ninguna persona debe ser arbitrariamente privada de su existencia, subrayando la importancia de la protección contra actos que pongan en peligro la vida, como homicidios, genocidios y la pena de muerte en circunstancias no excepcionales. La libertad, por su parte, abarca una amplia gama de derechos, incluyendo la libertad de movimiento, expresión y pensamiento, permitiendo a cada individuo vivir de acuerdo con sus propias convicciones y decisiones.
Asimismo, el derecho a la seguridad de la persona garantiza protección contra cualquier forma de violencia, abuso o explotación, y asegura que cada individuo pueda vivir sin miedo a agresiones físicas, psicológicas o de otro tipo. Este derecho es esencial para el desarrollo pleno de cada persona y su dignidad humana. La inclusión de estos tres derechos en un solo artículo refleja su interdependencia y la necesidad de protegerlos conjuntamente para garantizar una existencia digna y plena. En conjunto, el tercer artículo establece un marco básico para la protección y promoción de la vida, la libertad y la seguridad, pilares fundamentales de una sociedad justa y equitativa.
La placa con el artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos está colocada en la entrada de la Casa Palacete de los Casares, también conocida como Casona Vidal, en Grado.
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Siempre abierto - Qué ver
Placa con el Artículo 3