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Artículo 3 de la D. U. de los Derechos Humanos

Way of Human Rights

El tercer artículo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.” Este artículo es fundamental, ya que reconoce y protege tres derechos esenciales e inalienables de todo ser humano. El derecho a la vida implica que ninguna persona debe ser arbitrariamente privada de su existencia, subrayando la importancia de la protección contra actos que pongan en peligro la vida, como homicidios, genocidios y la pena de muerte en circunstancias no excepcionales. La libertad, por su parte, abarca una amplia gama de derechos, incluyendo la libertad de movimiento, expresión y pensamiento, permitiendo a cada individuo vivir de acuerdo con sus propias convicciones y decisiones.

Asimismo, el derecho a la seguridad de la persona garantiza protección contra cualquier forma de violencia, abuso o explotación, y asegura que cada individuo pueda vivir sin miedo a agresiones físicas, psicológicas o de otro tipo. Este derecho es esencial para el desarrollo pleno de cada persona y su dignidad humana. La inclusión de estos tres derechos en un solo artículo refleja su interdependencia y la necesidad de protegerlos conjuntamente para garantizar una existencia digna y plena. En conjunto, el tercer artículo establece un marco básico para la protección y promoción de la vida, la libertad y la seguridad, pilares fundamentales de una sociedad justa y equitativa.

La placa con el artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos está colocada en la entrada de la Casa Palacete de los Casares, también conocida como Casona Vidal, en Grado.

Images courtesy of ISHR

  • Dirección
    Casona de Vidal. Pl. Regino López, 1, 33820 Grado, Asturias, España
  • Web
    https://ishrights.org/
  • Horario de Visita
    Siempre abierto
  • Qué ver
    Placa con el Artículo 3

Entrada también disponible en: English Italiano

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