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Artículo 24 de la D. U. de los Derechos Humanos

Route to Human Rights

El artículo 24 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre y a una limitación razonable de la duración del trabajo, así como a vacaciones periódicas pagadas. Este derecho es fundamental para garantizar que las personas no sólo se dediquen al trabajo, sino que también dispongan de tiempo suficiente para el ocio, el descanso y la vida personal, lo cual es esencial para su bienestar físico y mental. El equilibrio entre el trabajo y el tiempo libre es crucial para una vida plena y saludable, que permita a las personas recuperar energías y disfrutar de su vida fuera del trabajo.

La importancia del artículo 24 radica en que reconoce la necesidad de conciliar la vida laboral y familiar, protegiendo a los trabajadores de la explotación y el agotamiento. Al establecer la limitación de la jornada laboral y garantizar el derecho a vacaciones retribuidas, promueve un entorno laboral más humano y sostenible. Esto no sólo mejora la calidad de vida de los trabajadores, sino que también puede aumentar la productividad y la satisfacción laboral. Además, este artículo subraya la importancia del tiempo libre para el desarrollo personal y social, permitiendo a las personas participar en actividades culturales, familiares y recreativas, enriqueciendo así sus vidas y contribuyendo a una sociedad más equilibrada y feliz.

La placa con el artículo 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se encuentra en el cruce con La Revolta y la Martagona, en Melide.

Images courtesy of ISHR

  • Dirección
    Melide, La Coruña, España. En el cruce con La Revolta y la Martagona. Concello de Melide.
  • Web
    https://ishrights.org/
  • Horario de Visita
    Siempre abierto
  • Qué ver
    Placa con el artículo 24
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